El Gobierno promulgó el Decreto Legislativo N° 1723, que establece reglas para la trazabilidad de las llamadas comerciales no solicitadas (spam) y los mensajes de texto, identificados con el prefijo 500.
La norma busca evitar que estas comunicaciones, normalmente usadas para ventas, sean utilizadas con fines ilícitos como extorsiones o estafas, al permitir rastrear su origen y definir responsabilidades.
El decreto amplía una ley anterior que solo aplicaba el código 500 para llamadas spam y que aún no contaba con reglamento. Ahora, también incluye a los mensajes de texto y considera como "agentes vinculados" no solo a las empresas de telecomunicaciones, sino a toda persona natural o jurídica que intervenga en el enrutamiento de las comunicaciones, como entidades financieras que faciliten el contacto con sus clientes.
Supervisión del MTC
La norma faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para "monitorear de manera constante las redes de las empresas operadoras y los sistemas de gestión de los agentes vinculados", con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones y salvaguardar la seguridad ciudadana. No obstante, se resguarda la inviolabilidad y el secreto de las telecomunicaciones protegidas por ley.
Reglamentación y objetivo de protección al usuario
El MTC tendrá un plazo máximo de 90 días calendario, contados desde la publicación del decreto, para aprobar mediante Decreto Supremo el reglamento correspondiente. Según el texto legal, este marco busca combatir el "riesgo creciente para la seguridad ciudadana" que representan fraudes y extorsiones a través de telecomunicaciones, afectando la integridad y patrimonio de la población.