El Poder Judicial declaró improcedente la acción de amparo que había interpuesto Marisol Espinozaen contra del presidente Martín Vizcarra para declarar inaplicable el Decreto Supremo de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el que se disolvió el Congreso.
En la resolución de la magistrada Lizy Béjar Mong, dicho recurso no cuenta con una adecuada motivación o sustento ya que se trata de una acción de amparo contra “una norma autoaplicativa”.
El PJ sustentó que el Tribunal Constitucional será el órgano pertinente para determinar si es que procede o no el decreto supremo que emitió Martín Vizcarra y que confirmó la disolución del Parlamento.
La resolución precisa: “[…] habiendo invocado en la demanda competencial (ante el TC) un claro conflicto entre poderes del Estado (Ejecutivo y Legislativo) corresponde al máximo intérprete de la Constitución, vale decir al Tribunal Constitucional, pronunciarse al respecto […] circunstancia que pone en relieve per se la imposibilidad de concurrir en forma copulativa los presupuestos procesales – de forma y fondo – , en la demanda de amparo objeto de calificación".