Elecciones 2026: JEE admite tacha contra la lista al Senado del Apra
La tacha fue presentada por el militante Edwin Briceño Fuentes, quien afirma haber sido excluido injustificadamente pese a obtener los votos necesarios en el proceso interno.

La tacha fue presentada por el militante Edwin Briceño Fuentes, quien afirma haber sido excluido injustificadamente pese a obtener los votos necesarios en el proceso interno.
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 (JEE Lima Centro 2) admitió a trámite una tacha contra la lista de candidatos al Senado del Partido Aprista Peruano (Apra), integrada por figuras como Carla García, Jorge del Castillo y Mónica Yayab, en medio de cuestionamientos sobre la legalidad de su conformación y el respeto a los resultados de las elecciones primarias.
La tacha fue presentada por el militante aprista Edwin Briceño Fuentes, quien denunció que la Comisión Política Nacional del Apra lo excluyó injustificadamente de la lista, al igual que al militante Víctor Manuel López García, pese a que —según afirma— ambos obtuvieron los votos necesarios en los comicios internos y el cupo masculino ya estaba completo.
De acuerdo con el documento presentado ante el JEE, en lugar de Briceño y López fueron designados Moisés Tambini y César Bazán Naveda, decisión que el denunciante considera irregular. En el caso de Tambini, se señala que ocupó el puesto 20 del ranking de votación, existiendo otros militantes con mayor respaldo para reemplazar a eventuales candidatos impedidos, mientras que la inclusión de Bazán no estaría justificada al haber suficientes hombres para completar la lista.
CUESTIONAMIENTOS A LA LEGALIDAD DE LA LISTA DEL APRA
Briceño sostiene que la lista no respeta los resultados de las elecciones primarias ni los acuerdos internos de la Comisión Política Nacional, que señalaban que las designaciones excepcionales debían garantizar la paridad, pese a que se retiró a dos candidatos hombres. Por ello, solicita la tacha de la lista al Senado como unidad orgánica, al considerar que se vulneró el procedimiento de selección interna.
Inicialmente, el JEE Lima Centro 2 declaró inadmisible la tacha al exigir el pago de 30 UIT, equivalente a 165 mil soles, al considerar que debía abonarse una tasa por cada candidato. No obstante, el órgano electoral acogió el argumento del denunciante, quien precisó que su recurso no cuestiona a candidatos individuales, sino la legalidad de la lista en su conjunto. En ese sentido, el JEE ordenó correr traslado al Apra, otorgándole un día de plazo para presentar sus descargos.
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