El tribunal accedió al pedido de Montesinos, dejando de lado la medida emitida el pasado 27 de julio por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, que ordenó el arresto domiciliario.
La Suprema había fallado en ese entonces que no era posible acumular el tiempo de reclusión en cárcel con otro período anterior de arresto domiciliario para sumar 36 meses de prisión sin sentencia.
La defensa de Silvana Montesinos, el abogado José Clarke, explicó que la Corte Suprema calificó equivocadamente la solicitud de Silvana Montesinos como si fuera un pedido de libertad provisional, cuando de lo que se trataba era de un trámite por exceso de carcelería.
Indicó que la demora en la concesión de la libertad obedeció a la redistribución de expedientes en las salas anticorrupción. Este caso era visto antes por la Segunda Sala Anticorrupción.
La hija de Montesinos estaba cumpliendo la medida restrictiva en el departamento de su madre, Trinidad Becerra, ubicado en la cuadra 20 de la avenida Javier Prado, en San Isidro.