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Prohíben tener más de un perro en Jesús María

Según la ordenanza publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se establece que las personas que vivan en edificios, viviendas multifamiliares, quintas, condominios o cualquier otra unidad inmobiliaria con bienes comunes solo podrán tener un can, previa autorización de la Junta de Propietarios. La norma señala que "en ningún caso podrán tener más de uno aún cuando el Reglamento de la Junta de Propietarios autorice un número mayor". De igual modo, se precisa que "las personas que vivan en predios que no se encuentren en las hipótesis contempladas en el párrafo anterior podrán tener hasta dos canes por predio". En la ordenanza, que lleva la rúbrica del alcalde Enrique Ocrospoma Pella, se establece que las personas que infringen la norma serán acreedores al pago de un multa de S/.350 o S/.700, además de la retención y cesión del animal a una organización que se encargue de los canes por riesgo, cuenta y costo del infractor. Se explica que esta medida responde a que son reiteradas las quejas de los vecinos que no pueden vivir con tranquilidad, armonía y salubridad física y mental en sus viviendas debido a que algunos vecinos aprovechando de su derecho de propiedad mantienen excesivos y escandalosos canes que perturban la paz.

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