La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó que, durante el 2024 y lo que va del 2025, atendió 178 denuncias vinculadas a hostigamiento sexual en el ámbito laboral. La entidad difundió estas cifras en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se conmemora el 25 de noviembre. La mayoría de intervenciones se relacionó con empresas que no aplicaron de manera adecuada los procedimientos internos para investigar y sancionar estos hechos.
Procedimientos y obligaciones en caso de hostigamiento sexual
Según los lineamientos vigentes, cualquier persona que sea víctima de hostigamiento sexual puede presentar su denuncia verbalmente o por escrito ante el área de Recursos Humanos de su centro de trabajo, sin perjuicio de acudir simultáneamente a la Sunafil. Si la agresión proviene de un empleador, directivo, personal de confianza o accionista, o si la empresa no activa la investigación correspondiente, la vía judicial se convierte en una alternativa para solicitar el cese de la hostilidad o una indemnización.
La normativa exige que todas las denuncias ingresen al Registro de Casos de Hostigamiento Sexual Laboral del Ministerio de Trabajo dentro de los seis días hábiles posteriores a su recepción. Recursos Humanos, a su vez, debe informar el caso al Comité o delegado encargado en un plazo no mayor a un día hábil, además de facilitar a la víctima atención médica, psicológica o derivarla a los servicios de salud cuando corresponda.
El sector empleador está obligado a garantizar medidas de protección en un máximo de tres días hábiles desde que se interpone la denuncia. Estas acciones pueden incluir la rotación de la víctima, un cambio de área, la suspensión temporal del presunto agresor o restricciones de acercamiento, entre otras disposiciones. La falta de investigación o la omisión de estas medidas constituye una infracción muy grave, con multas que pueden ir desde S/ 1,230.50 hasta S/ 281,035.50 para empresas no consideradas MYPE.