Hoy se publicó la Ley Nº 30684 en el Diario Oficial El Peruano, norma que otorga por única vez beneficios póstumos a los familiares de los bomberos declarados “héroes” tras fallecer en actos de servicio.
El Gobierno pagará 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a la suma de S/ 202,500. El dinero se distribuirán en partes iguales entre los beneficiarios, siempre y cuando no hayan percibido algún beneficio económico por parte del Estado. Este no tiene carácter hereditario.
Gracias a este nuevo reglamento, el Ministerio del Interior, también brindará una pensión a favor de los hijos menores de edad, a los que tienen incapacidad permanente (así tengan más de 18 años), y a quienes estén cursando estudios superiores de manera satisfactoria.
El Estado ya el uso de dos millones 300 mil soles, a fin de dar cobertura a los beneficios autorizados en la presente ley.