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Viernes, 06 de diciembre del 2013

Trabajadores del sector privado recibirán 22% adicional a su gratificación

la Cámara de Comercio de Lima recordó que además de su gratificación por Navidad recibirán como Bonificación Extraordinaria el 9%, de dicho monto que por esta vez dejarán de aportar a Essalud.

Play Trabajadores del sector privado recibirán 22% adicional a su gratificación

la Cámara de Comercio de Lima recordó que además de su gratificación por Navidad recibirán como Bonificación Extraordinaria el 9%, de dicho monto que por esta vez dejarán de aportar a Essalud.




Las fiestas por fin de año caerán bien a los trabajadores del sector privado, pues la Cámara de Comercio de Lima recordó que además de su gratificación por Navidad recibirán como Bonificación Extraordinaria el 9%, de dicho monto que por esta vez dejarán de aportar  a Essalud.

Esta  medida corresponde a lo dispuesto por la Ley 29714, que desgravó las gratificaciones de julio y diciembre hasta el 2014. Además dispone que los empleados reciban el 13% adicional que no pagarán a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) o a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), por lo tanto deberán recibir un total del 22% más.

En el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria no será el 9% sino el 6.75%. Las personas que tengan poco tiempo de laborar en pequeñas empresas y los trabajadores del hogar recibirán medio sueldo de bonificación

Sin embargo, esta norma no beneficia a los trabajadores nuevos de las microempresas contratados después de la inscripción  de la empresa en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE).

Tampoco a los ciudadanos que prestan servicios independientes regulados por el Código Civil (locación de servicios), a los trabajadores de la actividad agraria y los que perciben ‘Remuneración integral’.

Cabe destacar que la gratificación de diciembre será equivalente al íntegro de la remuneración que el trabajador percibió el 30 de noviembre del 2013 y el plazo para que el empleador realice el pago vence el 14 del presente mes.


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