Congreso

Miércoles, 22 de marzo del 2023

TC resolvió sobre la devolución de los aportes del Fonavi a los trabajadores

El pleno, por mayoría, resolvió que los fonavistas solo deben recibir los aportes que realizaron, pero no los efectuados por los empleadores, incluidos en el Estado y otros.




El Tribunal Constitucional (TC) decidió declarar fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad planteada por el Poder Ejecutivo contra el Congreso de la República, en la que se cuestionaba la Ley 31173 sobre la devolución del dinero del Fonavi a los trabajadores.

El pleno, por mayoría, resolvió que los fonavistas solo deben recibir los aportes que realizaron, pero no los efectuados por los empleadores, incluidos en el Estado y otros. Con esto, la deuda del Estado se reduce sustancialmente.

Con esto, el TC declaró inconstitucionales los artículos 4, 7 y la primera disposición complementaria final de la ley 31173, además del inciso ‘b’ del artículo 2, en el extremo que dispone “y los efectuados por sus empleadores, incluido el Estado y otros”, así como lo que respecta a que se permita incluir a personas beneficiadas directa o indirectamente de los recursos del Fonavi.

También se incluye el artículo 6, la Segunda Disposición complementaria Fina y el artículo 3 de la Ley 31173 y, por conexidad, el artículo 2 de la Ley 31454. Por otro lado, el TC decretó que el artículo 1, el literal ‘a’ del artículo 2 y la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley 31173 son compatibles con la Constitución, siempre que sean interpretados de conformidad con lo dispuesto en los fundamentos 59 y 60 de dicha sentencia.

Finalmente, el TC declaró improcedente la demanda interpuesta por el Ejecutivo en cuanto al literal ‘c’ de artículo 2 de la Ley 31173, pero infundada la demanda del resto.

Con información de RPP


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