Congreso

Domingo, 08 de enero del 2023

Comisión de Producción aprueba Ley del joven empresario

La iniciativa considera a las empresas​ constituidas por jóvenes en edades comprendidas entre los 18 y 29 años, que se encuentren debidamente inscritas ante registros públicos.




La Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, que preside Esdras Medina Minaya, aprobó en su novena sesión ordinaria, efectuada el 4 de enero, cuatro dictámenes en el que destaca la Ley del joven empresario.

La Ley del joven empresario, aprobada por unanimidad (trece votos) se sustenta en el Proyecto de Ley 1404/2021, y establece un marco legal que propicie la creación de empresas constituidas por jóvenes, y genere “fuentes de trabajo que contribuyan con éxito al desarrollo de la economía nacional dentro de una economía social de mercado”.

La iniciativa considera a las empresas constituidas por jóvenes en edades comprendidas entre los 18 y 29 años, que se encuentren debidamente inscritas ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.

 

¿CUÁLES SERÍAN LOS BENEFICIOS DE ESTA NORMA?

Entre los beneficios que se brindan a estos jóvenes se encuentra la devolución anticipada del Impuesto General a las Ventas para las operaciones de exportación de bienes y servicios; y la exoneración del pago del impuesto a la renta por dos años, “siempre que las utilidades sean reinvertidas en la empresa para el desarrollo de la actividad económica”.

El grupo de trabajo aprobó, también por unanimidad (doce votos) el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 1806/2021, que propone la Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la implementación del Parque Industrial Tecno-Ecológico, (PITE), en el departamento de Moquegua.

 

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