Proponen derogar ley de devolución de impuestos a las mineras en fase de exploración
La congresista Ruth Luque de Juntos por el Perú presentó el proyecto de ley al Congreso.
La congresista Ruth Luque de Juntos por el Perú presentó el proyecto de ley al Congreso.
La parlamentaria Ruth Luque de la bancada Juntos por el Perú presentó el proyecto de ley 800/2021-CR, que propone la derogación de la devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de promoción Municipal a los titulares de la actividad minera, en la etapa de exploración. Además, propone la finalización de la prórroga dispuesta por el Decreto De Urgencia 021-2019.
Asimismo, la parlamentaria Luque indicó que la derogatoria de esta ley, tiene la finalidad de garantizar el goce de los derechos fundamentales, a través del incremento del financiamiento, para la cobertura de los servicios básicos y la reactivación económica del país.
"La ley dispuso devolver el pago de impuestos de promoción municipal, eso pasó en el año 2002 en una lógica de promover la inversión privada. Surgió como una excepción y se ha mantenido a través de un último decreto de urgencia. Ya lleva vigente 19 años, o sea, se ha ido prorrogando y prorrogando", explicó la congresista Luque a la Agencia Andina.
Además, la parlamentaria agregó que, la derogatoria "Va en una lógica de ir generando una disposición sobre justicia tributaria, pero también de una mejor recaudación para garantizar servicios en beneficio de la población".
Incluso, el proyecto de ley presentado en el Congreso, también señala la derogación de todas las disposiciones legales y reglamentarias, que se encuentren vinculadas a la norma.
SIN DERECHO A DEVOLUCIÓN
Sin embargo, de ser aprobado el proyecto de ley, los titulares de las mineras no tendrían ningún derecho a la devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal, que les fueron trasladados o que paguen para la ejecución de sus actividades.
Por lo tanto, el proyecto de ley indica que, esto se producirá dentro de los 60 días hábiles, después de entrada en vigencia de la derogatoria, por lo que el Poder Ejecutivo deberá dictar las normas reglamentarias y complementarias para su aplicación.
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