Congreso

Miércoles, 14 de julio del 2021

Congreso aprueba por insistencia ley que permite a la Policía el rastreo telefónico a delincuentes

Empresas de telefonía tendrán un plazo de 24 horas para atender solicitud de la Policía respecto a datos de localización, geolocalización o rastreo de números específicos.




El Pleno del Congreso aprobó el proyecto de Ley que propone modificar los artículos 2, 3 y 4 del Decreto Legislativo 1182, que regula el uso de los datos derivados de las telecomunicaciones para la identificación, localización y geolocalización de equipos de comunicación, en el marco de la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado.

Con 95 votos a favor, el Parlamento aprobó por insistencia la iniciativa sustentada por el legislador Daniel Urresti, quien señaló que el objetivo es que la Policía Nacional ubique geográficamente el celular desde donde algunos delincuentes se comunican durante o después de cometido el delito.

La norma regula el acceso de la unidad especializada de la PNP, en casos de flagrancia delictiva o en investigaciones preliminares por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud, el delito contra la libertad, el delito contra el patrimonio, delitos contra la administración pública, delitos de lavado de activos, delitos de trata de personas, delitos de tráfico ilícito de drogas, delitos de minería ilegal y los delitos comprendidos en la Ley 30077.

Asimismo, plantea que los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones o las entidades públicas y privadas relacionadas con estos servicios, están obligados a brindar los datos de localización, geolocalización o rastreo de manera inmediata y oportuna, “dentro de un plazo máximo de veinticuatro horas de solicitada la información” por la Policía. En caso contrario pueden ser pasibles de las responsabilidades de carácter administrativo, civil y penal.


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