Los congresistas con sentencia condenatoria o que tengan investigación en curso por narcotráfico, apología del delito, terrorismo y pertenencia a una organización criminal, no podrán integrar las comisiones parlamentarias.
De acuerdo a la modificación al artículo 20 del Reglamento del Congreso, publicada hoy en el Diario Oficial El peruano, no podrán formar parte de Comisión de Inteligencia y de la de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas.
¿QUIÉNES NO PODRÁN FORMAR PARTE DE COMISIONES?
Legisladores que tengan investigación vinculada a los artículos 296 (tráfico ilícito), 297 (formas agravadas de tráfico ilícito), 298 (microcomercialización), 299 (posesión no punible), 300 (suministro), 301 (coacción al consumo) y 302 (inducción al consumo) del Código Penal.
También se prohíbe formar parte de ambas comisiones a quienes estén inmersos en los temas materia de los artículos 316 (apología del delito) y 317 (pertenencia a una organización criminal) del mismo código.
La prohibición se extienda para los que tengan sentencia o investigación en marcha vinculada a los delitos establecidos en el Decreto Ley 25475 (terrorismo) o en la Ley 30077 (crimen organizado).