24 Horas Edición Central

13/05/2021

Congreso aprueba ley que ordena reducción de pensiones en colegios y universidades

La norma también propone que el monto de las pensiones no podrá ser objeto de cobro de intereses moratorios o penalidades.




En el marco de la implementación de las clases virtuales a causa de la pandemia, el Pleno del Congreso aprobó la ley que establece medidas excepcionales como el control de precios de las matrículas y pensiones de colegios y universidades.

La Representación Nacional aprobó el texto sustitutorio de los proyectos de ley 5009 y otros con 84 votos a favor, y además exoneró el proyecto de la segunda votación.

La iniciativa de la congresista Zenaida Solis Gutiérrez, de la bancada Partido Morado, plantea que los colegios, universidades, centros de postgrado y todas las escuelas superiores públicas y privadas realicen un ajuste de manera proporcional a la reducción de sus gastos debido al cambio de la modalidad de enseñanza a la tele educación debido a la emergencia sanitaria.

Asimismo, aclara que el monto de las pensiones no podrá ser objeto de cobro de intereses moratorios o penalidades.

Por otro lado, establece que estas entidades deberán postergar el cobro de sus pensiones y matrícula al menos 30 días después del reinicio del ciclo lectivo, sea este de modo presencial o virtual. También prevé el prorrateo de las deudas del primer ciclo del 2020, a pedido de los alumnos.


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