Pleno del Congreso aprobó modificar proyecto de reforma sobre inscripción de partidos
Fueron 68 votos a favor los que respaldaron una de las seis propuestas planteadas por el Ejecutivo como parte de la reforma política.
Fueron 68 votos a favor los que respaldaron una de las seis propuestas planteadas por el Ejecutivo como parte de la reforma política.
El pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio sobre el proyecto de reforma política acerca de la modificatoria de la legislación electoral en lo que respecta a la inscripción, cancelación y renuncia a organizaciones políticas y quedó expedito para su promulgación luego de ser exonerado de segunda votación.
La propuesta, una de las seis planteadas por el Poder Ejecutivo como parte de la reforma política, obtuvo el respaldo, en primera votación, de 68 congresistas, mientras que 20 votaron en contra y 15 se abstuvieron.
La titular de la Comisión de Constitución, Rosa Bartra, presentó un nuevo texto al aprobado en el pleno del 11 de julio. Añadió que los artículos 13 y 15 de esa iniciativa solo contemplan la alianza entre los partidos políticos, dejando un vacío para alianzas entre partidos y movimientos regionales.
Bartra sostuvo que “es importante que esas Alianzas se mantengan ya que pueden ser el inicio de de fusiones graduales. Un movimiento regional se va unir a un partido si no tiene al menos un primer contacto electoral, además esto le puede dar a los partidos de alcance nacional a tener más llegada”.
Entre las modificaciones que propone la ley figuran el artículo 13 acerca de las causales de la cancelación de la inscripción de un partido político figura: “En caso de haber participado en alianza, si esta no hubiese alcanzado al menos seis por ciento (6%) de los votos válidos. Dicho porcentaje se eleva en uno por ciento por cada partido político adicional”.
También se detalla el artículo 15, relacionado a la alianza entre organizaciones políticas, en el que se señala que “los partidos inscritos pueden hacer alianzas entre ellos, bajo una misma denominación y símbolo común, para poder participar en cualquier tipo de elección popular.
La alianza debe inscribirse en el Registro de Organizaciones Políticas, para lo cual deberá presentar el acta de constitución correspondiente y su reglamento electoral”.
También se añadió texto al cuarto párrafo en el artículo 8, sobre comités partidarios en el siguiente sentido: “Los movimientos regionales, al momento de su inscripción y durante su vigencia, deben tender en cuenta comités partidarios, en funcionamiento permanente en no menos de cuatro quintos (4/5) de las provincias del departamento.
Para el caso de la provincia constitucional del Callao y de Lima metropolitana se exige la presencia de comités en no menos de cuatro quintos de los distritos”.
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