El tribunal escuchó los informes orales de la Procuraduría Pública del Estado, del representante de los agraviados de la matanza de Lucanamarca y de los abogados de la llamada cúpula de Sendero Luminoso.
Los abogados de los sentenciados afirmaron en su defensa que la autoría mediata no existe en la legislación penal, y que lo ocurrido a partir de mayo de 1980 no fue terrorismo sino una guerra popular, por lo que no existe sustento legal para imponer la cadena perpetua.
Asimismo, aseguraron que desconocen la competencia de la Sala Penal Nacional y consideran que cometió prevaricato al imponer sanciones durante el juicio público que concluyó en octubre del año pasado.
Del mismo, desconocen la competencia de la Sala Penal Nacional y consideran que cometió prevaricato al imponer sanciones durante el juicio público que concluyó en octubre del año pasado.
Por su parte, el representante de la Procuraduría Pública del Estado, Julio Galindo, solicitó a la Sala Suprema aumentar la reparación civil impuesta, ascendente a 3 mil 700 millones de soles, a 65,600 millones de soles.
A su turno, el representante de la Procuraduría Pública del Estado, Julio Galindo, solicitó a la Sala Suprema reformar la reparación civil impuesta, que fue de 3 mil 700 millones de soles por 65,600 millones de soles.
En su exposición, Galindo dijo que la reparación civil debe guardar relación directa con el daño causado, que provocó la muerte de miles personas y cuantiosos daños materiales.
En octubre del 2006, la Sala Penal Nacional condenó a cadena perpetua a Abimael Guzmán Reinoso y a Elena Iparraguirre, e impuso penas entre 24 y 35 años de cárcel a otros diez procesados.
En el juicio, Oscar Ramírez Durand (a) “Feliciano” aseveró que asume la responsabilidad de sus actos y que es consciente del daño causado al país.“Mi manera de pensar ha cambiado”, afirmó.