El Gobierno oficializó la declaratoria del estado de emergencia por un periodo de 60 días calendario en 707 distritos pertenecientes a diversas provincias de 17 regiones del país, ante el peligro inminente de déficit hídrico para el ciclo de lluvias 2026-2027.
La disposición quedó establecida mediante el Decreto Supremo Nº 140-2026-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. El objetivo central de la norma es permitir la ejecución de medidas de excepción, inmediatas y necesarias, orientadas a mitigar el muy alto riesgo identificado, así como implementar acciones de respuesta y rehabilitación.
Las jurisdicciones alcanzadas por esta medida corresponden a Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali.
Coordinación interinstitucional y ejecución de acciones
Los gobiernos regionales involucrados y las municipalidades comprendidas trabajarán bajo la coordinación técnica y el seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci). Asimismo, la estrategia operativa contempla la participación activa de los ministerios del sector, además de diversas entidades públicas y privadas llamadas a articular las intervenciones necesarias en las zonas vulnerables.
Cada una de las actividades ejecutadas deberá guardar un nexo directo de causalidad entre la intervención aplicada y la amenaza hídrica reportada. Del mismo modo, el marco legal establece que las acciones previstas podrán ser ajustadas en función de las necesidades emergentes y de las condiciones de seguridad que se identifiquen durante el proceso, debiendo contar siempre con el debido sustento en informes técnicos emitidos por las instituciones competentes.