Política

Hace 2 horas

Gobierno oficializa ley que condena delito de sicariato hasta con cadena perpetua

La nueva ley sanciona con penas de hasta 30 años el homicidio por encargo y agrava las condenas cuando intervienen organizaciones criminales.




El Gobierno publicó la Ley Nº 32468 que establece cadena perpetua para el delito de sicariato cuando es cometido valiéndose de un menor de edad, para cumplir órdenes de organizaciones criminales o desde establecimientos penitenciarios.

La norma, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica el Código Penal para fortalecer la lucha contra los delitos de sicariato y conspiración para cometer este ilícito.

Penalidades y agravantes

La ley dispone pena privativa de libertad no menor de 30 años para quien mata a otro por orden, encargo o acuerdo con el propósito de obtener beneficio económico o de cualquier índole. "Las mismas penas se imponen a quien ordena, encarga, acuerda el sicariato o actúa como intermediario", precisa la norma publicada con las firmas del presidente José Jerí Oré y del premier Ernesto Álvarez.

Casos con cadena perpetua

Se aplicará cadena perpetua cuando el sicariato se cometa para cumplir órdenes de bandas criminales, cuando intervengan dos o más personas, cuando haya dos o más víctimas, cuando se utilicen armas de guerra, o cuando se atente contra quien realiza servicios públicos, actividades comerciales o empresariales. También aplica para crímenes cometidos desde el interior de establecimientos penitenciarios.

Sanciones por conspiración

El delito de conspiración y ofrecimiento para cometer sicariato será sancionado con pena privativa de libertad no menor de 8 ni mayor de 10 años. La pena aumenta a entre 10 y 15 años si estas conductas se realizan con intervención de un menor de edad o desde el interior de un establecimiento penitenciario, según establece la nueva legislación que modifica el Código Penal vigente.


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