El Congreso aprobó por insistencia una norma que obliga a las entidades financieras a retirar a los deudores de las listas negativas en un máximo de siete días tras pagar su deuda. Esta medida modifica la Ley 28587 y el Código de Protección al Consumidor.
La ley también dispone que los clientes podrán solicitar una constancia de liberación de deuda, que deberá emitirse en el mismo plazo. Además, se deberá informar a la SBS y actualizar la información en las centrales de riesgo.
El congresista José Luna uno de los impulsores de la norma señaló que se busca evitar demoras que perjudican el historial crediticio de quienes ya cumplieron con sus pagos.
BANCOS TENDRÁN DE ADECUARSE
Aunque el sector bancario ha advertido que el plazo de siete días podría ser difícil de cumplir operativamente, la norma entrará en vigor tras su publicación oficial. Las entidades tendrán un periodo para adecuarse a esta nueva exigencia.