Congreso: aprueban otorgar beneficios a personas que cuidan a familiares dependientes
Para ser beneficiario, los integrantes deben estar debidamente acreditados en el Registro Nacional de Personas que Brindan Atención dentro del Entorno Familiar.
Para ser beneficiario, los integrantes deben estar debidamente acreditados en el Registro Nacional de Personas que Brindan Atención dentro del Entorno Familiar.
La Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de la República aprobó por mayoría la iniciativa legislativa dirigida a reconocer y apoyar a los integrantes del grupo familiar que brindan atención a familiares dependientes.
La iniciativa está dirigida a beneficiar a las personas que asisten en actividades o necesidades básicas de la vida, como alimentación, salud, vestimenta, educación, recreación y otras, a miembros de la familia que no pueden satisfacerse por sí mismos, siendo indispensable para ello la convivencia permanente.
Los integrantes del grupo familiar que brindan atención a familiares dependientes, debidamente acreditados en el Registro Nacional de Personas que Brindan Atención dentro del Entorno Familiar, contarán con una serie de beneficios.
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS?
Entre los beneficios que serán considerados se encuentra, acceso preferente y oportuno a cualquier prestador de servicios de salud, tanto público como privado; acceso preferente a programas públicos de vivienda, así como a instituciones públicas o privadas con carácter obligatorio.
Además, acceso progresivo al régimen de seguridad social para garantizar una pensión de jubilación digna; protección frente a todas las formas de violencia o acoso relacionadas con la labor que realizan y acceso a ajustes razonables previstos en la presente ley.
Es importante destacar que solo las personas debidamente acreditadas en el mencionado registro podrán obtener estos beneficios.
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