A través del Decreto Supremo N° 187-2023-EF, el Gobierno oficializó los montos mínimos de las prestaciones previsionales del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros y de la Transferencia Directa al Expescador.
La normativa, publicada en el diario oficial El Peruano, establece que el monto mínimo de las prestaciones para los Trabajadores Pesqueros será de 360 soles. Un monto similar será asignado para la pensión por concepto de invalidez.
En el caso de las pensiones de viudez y orfandad, generadas sobre la pensión mínima, se aplicarán las reglas establecidas en la Ley que Regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros.
MENSAJE DE LA PRESIDENTA
“Una de nuestras prioridades han sido los adultos mayores desde el primer momento en que asumimos esta alta responsabilidad como presidenta. Como una hermana les digo que vamos a seguir con ustedes”, sostuvo la presidenta Dina Boluarte.
Este anuncio forma parte del aumento de la remuneración básica de pensionistas, pescadores jubilados, así como una ampliación de la cobertura del programa Pensión 65. Hay que señalar que los pagos empezará a ejecutarse a partir de septiembre.