El pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro determinó que la congresista de Cambio Democrático, Isabel Cortez, no infringió el principio de neutralidad electoral, luego de ser captada respaldando abiertamente a la candidatura del aspirante a la alcaldía de Lima Gonzalo Alegría de Juntos por el Perú.
De acuerdo con la normativa electoral, la infracción a la neutralidad supone dos condiciones dispuestas en el artículo 33: que el hecho tenga lugar en un evento oficial o que el presunto infractor invoque su cargo.
Isabel Cortez previamente se defendió alegando que no participó en un acto proselitista, sino en una manifestación del Sindicato de Trabajadores Obreros de la Municipalidad de Lima (Sitomun) en la Plaza San Martín en un día no laborable.
El JEE Lima Centro concluyó que Cortez no invocó su cargo de legisladora ni hizo mención alguna de las funciones, como la presentación de proyectos de ley o actividades de fiscalización.
“En consecuencia, al establecerse que la conducta realizada por la señora Isabel Cortez Aguirre, congresista de la República, no se enmarca dentro de las condiciones exigidas en el artículo 33 del Reglamento, corresponde declarar que no existe mérito para determinar infracción en materia de neutralidad de autoridades, procediéndose al archivo definitivo del presente expediente”, se lee en la resolución del juzgado.