Política

Lunes, 27 de junio del 2022

Bono de Arrendamiento: Gobierno propone dar S/500 para alquiler de vivienda

El Ejecutivo presentó este lunes un proyecto de ley para otorgar dicho monto a las personas que alquilen una vivienda y cumplan ciertos requisitos.




El Gobierno de Pedro Castillo, presentó este lunes un proyecto de ley el cual propone la creación de un bono de 500 soles destinado para todas aquellas personas que alquilen una vivienda, bajo ciertas circunstancias, la propuesta busca crear un bono de arrendamiento como parte de un mecanismo de atención temporal. 

Mediante un comunicado dirigido al Congreso de la República, el Ejecutivo plantea la posibilidad de otorgar dicho bono a todas aquellas personas cuyo inmueble haya sido destruido por desastres naturales o acciones humanas, al punto que dicha vivienda resulte inhabitable. 

“(Ayuda) al damnificado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en Estado de Emergencia por Decreto Supremo”, se lee en el comunicado. 

Proceso de inscripción 

La propuesta indica que toda persona que cumpla con los requisitos, debe presentar su solicitud a su Gobierno local, distrital o al centro de atención al ciudadano del Ministerio de Vivienda, quienes posteriormente lo derivarán a la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo para su evaluación y aprobación. 

Cabe precisar que, además de contar con una vivienda en condiciones inhabitables, el titular no debe contar con otro inmueble aparte del afectado. 

El potencial beneficiario del Bono de Arrendamiento de Viviendapara Emergencias presenta su solicitud ante el Gobierno Local distrital o el Centro de Atención al Ciudadano del MVCS, los que trasladan las solicitudes a la DGPPVU. En caso el potencial beneficiario sea un grupo familiar, la solicitud es presentada por su representante conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la presente Ley. En dicha solicitud se indica la dirección de la vivienda a ser arrendada y el nombre del arrendador, asimismo se acompaña una declaración jurada indicando que no cuenta con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable”, indican. 

Asimismo, se precisa que, en caso de confirmarse que el dinero fue utilizado por otros fines, se le retirará el bono otorgado a dicha persona. “Se retira el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias al beneficiario si se constata que fue destinado a un fin distinto para el que fue otorgado, o que cuenta con una vivienda apta para ser habitada (...). El Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias que se otorga en virtud a la presente norma no genera derecho para una solución de vivienda definitiva”, se acota.


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