El Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria declaró fundado el pedido de control de plazos que interpuso la defensa técnica de Rafael López y Aliaga, en el marco de la investigación preliminar que se le sigue al líder de Renovación Popular, y otros por el presunto delito de lavado de activos en agravio del Estado.
De esta manera, el órgano jurisdiccional dispuso que el Ministerio público debe dar por concluido el actual estado procesal y emitir pronunciamiento en el plazo de 15 días hábiles. La defensa de López Aliaga había solicitado el término de las diligencias preliminares, alegando que no ha dado lugar a una “respuesta suficiente”.
Refiere además que en el control de plazos en etapa de investigación preliminar han trascurrido más de cuatro años, en el que se descuenta las limitaciones por la pandemia y que al respecto el fiscal descartó haber formulado solicitud alguna.
LIMITACIONES POR LA PANDEMIA
“La pandemia no puede justificar una permanente situación de indagación sin la posibilidad de una respuesta si la causa debe ser judicializada o no, como lo ha exigido los abogados de los investigados”, subrayó.
En ese sentido, dicha instancia judicial declaró fundado el pedido de la defensa del también ex candidato presidencial y afirmó que la Fiscalía deberá determinar si archiva o formaliza la investigación en su contra por lavado de activos.