El Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente la demanda de amparo que solicitaba declarar nula segunda vuelta electoral, del pasado 06 de junio.
La demanda había sido interpuesta por Javier Villa Stein contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Alegando vulneración de derechos fundamentales.
"No existen elementos materiales necesarios para poder evidenciar que las presuntas irregularidades sujetas a firmas falsas puedan ser objeto de causal de una nulidad", se lee en una parte de la resolución.
Asimismo, la sala aclara que el hecho de que un candidato haya obtenido la totalidad de votos en una mesa "no significa ni estima bajo ninguna circunstancia alguna nulidad de las elecciones".