Exjefes de Estado no podrán abandonar el país al concluir su mandato por un año
La Comisión de Constitución estableció por unanimidad el régimen de residencial temporal. La iniciativa será debatida por el Pleno del Congreso.
La Comisión de Constitución estableció por unanimidad el régimen de residencial temporal. La iniciativa será debatida por el Pleno del Congreso.
Esta tarde, por unanimidad, la Comisión de Constitución y Reglamento del Parlamento estableció el dictamen que señala: 'Concluido su mandato, el expresidente de la República o quien ocupe el cargo, no podrá abandonar el territorio nacional durante un periodo mínimo de un año'.
La disposición implica la reforma del artículo 112 de la Constitución Política con el fin de establecer un régimen de residencia temporal de los exmandatarios.
"Culminado el mandato presidencial, el ex presidente de la república, o quien hubiese ocupado el cargo, permanece dentro del territorio nacional por el periodo mínimo de un año, salvo autorización de salida aprobada por el Congreso de la República, con más de la mitad del número legal de sus miembros, considerando las razones objetivas que hubiesen motivado la solicitud", señala el texto aprobado.
TRÁMITE INMEDIATO
El presidente del grupo de trabajo, Omar Chehade, dispuso que se dé trámite inmediato al dictamen para que sea exonerado del plazo de publicación e incluido en la agenda del Pleno del Congreso para su debate antes del receso Legislativo.
Esta propuesta fue planteada por las bancadas del Partido Morado, que planteaba una residencia temporal de seis meses, y del Frepap, que sugería dos años.
Por otro lado, la Secretaría Técnica de la Comisión de Constitución, encontró una propuesta alternativa y propuso un año aunque Chehade precisó que este plazo podría ser modificado en la discusión en el Pleno.
Asimismo, sin mayor debate, la propuesta fue finalmente aprobada por 10 votos a favor, no hubo votos en contra y tampoco abstenciones.