Elecciones 2021: accesitarios que asumieron funciones en congreso disuelto no podrán postular
JNE señala que la norma que prohíbe la reelección inmediata establecida en el artículo 90-A de la Constitución, es de alcance general.
JNE señala que la norma que prohíbe la reelección inmediata establecida en el artículo 90-A de la Constitución, es de alcance general.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) desestimó el recurso de reconsideración presentado por el ciudadano Ángel Neyra para que se permita postular al Congreso en las Elecciones 2021 a los accesitarios que asumieron funciones en el Parlamento disuelto o en el que se encuentra vigente.
Según el ente electoral, la Resolución N° 0352-2020-JNE que aplica la prohibición de reelección inmediata establecida en el artículo 90-A de la Constitución, se trata de una norma de alcance general, la cual por su naturaleza no admite este tipo de recursos.
El Pleno del JNE resolvió que están imposibilitados de postular en las Elecciones Generales del 2021, los legisladores electos en las Comicios Congresales Extraordinarias 2020 y en las Elecciones Generales 2016.
También se comprendió a los congresistas desaforados y sus respectivos accesitarios, a aquellos que fueron suspendidos y a quienes reemplazaron a congresistas fallecidos, informa RPP.
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