A través del decreto de urgencia N°059-2020, el Gobierno declaró a los medicamentos, dispositivos médicos, equipos de bioseguridad y otros para el manejo y tratamiento de la Covid-19 como bienes esenciales.
La norma publicada este jueves en el diario oficial El Peruano establece que la industria farmacéutica como laboratorios, droguerías, boticas y farmacias públicas y privadas informen sobre el stock disponible y los precios de venta de los bienes incluidos en el listado de estos bienes esenciales.
Esta relación de medicamentos deberá ser aprobado previamente por el Ministerio de Salud (Minsa) en un plazo de tres días, contados desde la vigencia de la presente norma.
La medida busca garantizar el acceso de los medicamentos incluidos en el listado en todas las farmacias y boticas a nivel nacional. Aquellos que no cuenten con el stock establecido serán sancionados con una multa de hasta S/8600.