Política

Martes, 14 de abril del 2020

Mininter: multas por incumplir cuarentena deberán pagarse en 5 días hábiles

¡Atención! En caso contrario, las sanciones económicas tendrán un procedimiento similar al de las papeletas de tránsito.





 

El Ministro del Interior, Carlos Morán, precisó en qué casos se impondrán las multas para aquellos que infrinjan la cuarentena o aislamiento social obligatorio, una decisión del Ejecutivo que busca evitar la expansión del coronavirus en nuestro país por culpa aquellos que se niegan a acatar las medidas de restricción.

¿Quiénes serán considerados infractores?

Aquellos que circulen en la vía pública sin estar autorizado con el pase personal laborar, es decir quienes no trabajen en actividades esenciales que participan en la cadena de abastecimiento del mercado y en el funcionamiento de los servicios de los centros de producción de bienes y servicios de primera necesidad.

Quienes circulen sin mascarillas o que transiten en grupo. Como se sabe solo está permitido la circulación de una persona por familia para compra de víveres o medicina.

Quienes violen el aislamiento social obligatorio o también llamado ‘toque de queda’. También serán sancionados económicamente las personas que acudan a los lugares de concentración sin respetar distanciamiento mínimo.

El titular del Mininter recordó que las multas deben pagarse en un plazo de 5 días hábiles, de lo contrario se aplicará el mismo procedimiento de una papeleta de tránsito, es decir el monto puede incrementarse. Los infractores también quedarán impedidos de realizar transacciones bancarias, trámites en los Registros Públicos y podrán ser acreedores de una sanción civil o penal.

 


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