Un proyecto de reforma constitucional que faculta al presidente del Poder Judicial para interponer acciones de inconstitucionalidad fue aprobado este jueves por la Comisión de Constitución del Congreso.
La iniciativa incorpora el numeral 2 al artículo 203 de la Carta Magna, a fin de que el titular del legislativo tenga la citada facultad, con acuerdo de la Sala Plena de la Corte Suprema. Actualmente sólo siete personas o grupos pueden ejercer esta acción
Ellos son el Fiscal de la Nación, el Defensor del Pueblo, 25% del número legal de congresistas; 5,000 ciudadanos con firmas comprobadas por el Jurado Nacional de Elecciones, los presidentes regionales, y los colegios profesionales, dentro de su especialidad.
Hace algunos días, el presidente del Poder Judicial, Enrique Mendoza, se comprometió a impulsar esta reforma para subsanar lo que considera una omisión. La Constitución de 1979 sí reconocía esa potestad.
Mendoza expresó su confianza en que el Pleno del Congreso debata y apruebe en su momento esta iniciativa.