Condenados mayores de 80 años podrían pedir su libertad por Ley 32181
Alejandro Toledo (78), condenado por corrupción, y la terrorista Elena Iparraguirre (77) podrían verse beneficiados por esta disposición al volverse octogenarios.
Alejandro Toledo (78), condenado por corrupción, y la terrorista Elena Iparraguirre (77) podrían verse beneficiados por esta disposición al volverse octogenarios.
La controversial Ley N° 32181, promulgada por el Ejecutivo el miércoles de la semana pasada, ha generado un amplio debate, entre ellos se encuentra la posibilidad de que los condenados mayores de 80 años puedan cumplir su pena fuera de prisión.
De acuerdo a esta norma, que modifica el artículo 22 del Código penal, los condenados mayores de 80 años podrían solicitar cumplir su pena fuera de la cárcel, si así lo determina un juez, por medio a arresto domiciliario o en libertad con condiciones, alegando razones humanitarias.
“Los mayores de ochenta años, por razones humanitarias, afrontarán su condena conforme a los alcances del artículo 288 o del artículo 290 del Nuevo Código Procesal Penal”, se lee.
Como bien se sabe, el artículo 288 trata sobre las restricciones que puede imponer un juez a un procesado en libertad, competencia con restricciones. Por otro lado, el artículo 290 se refiere a la detención domiciliaria, figura que hasta el momento solo existía como un sustituto de la prisión preventiva; sin embargo, no como una forma de cumplir una condena.
¿QUIÉNES PODRÍA SALIR DE LA CÁRCEL?
Esta disposición podría extenderse a personas condenadas por delitos graves como terrorismo, violación, narcotráfico e incluso a quienes afrontan una cadena perpetua, citando la avanzada edad.
El expresidente Alejandro Toledo (78), condenado por corrupción, y terroristas como Elena Iparraguirre (77), Osmán Morote (79), Laura Zambrano (79) y Margot Liendo (75) podrían solicitar dicho beneficio al cumplir los 80 años.
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