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Ayer, 04:25 PM

Estafar con servicios turísticos o paquetes de viajes se sanciona hasta con 8 años de cárcel

Delito se comete cuando la víctima cae en un engaño, siendo inducida a adquirir servicios que no se cumplirán. Todos los detalles en esta nota.




Cada vez que se aproximan feriados, surgen ofertas turísticas que prometen viajes increíbles. Sin embargo, estas promociones pueden convertirse en estafas que llevan a sus responsables a enfrentar hasta ocho años de prisión, según el magistrado de la Corte Superior de Lima Norte, Oscar Crisóstomo Salvatierra.

RIESGO ACECHA EN FERIADOS

Los feriados suelen ser el momento ideal para viajar, y muchas agencias lanzan atractivos paquetes turísticos. No obstante, el magistrado Oscar Crisóstomo Salvatierra advierte que un porcentaje de estas ofertas pueden convertirse en estafas. De acuerdo con el artículo 196 del Código Penal, este delito se comete cuando la víctima cae en un engaño, siendo inducida a adquirir servicios que no se cumplirán. "El engaño es el núcleo de la estafa, logrando una afectación económica significativa para la víctima", detalló el magistrado.

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?

En su modalidad más básica, el delito de estafa se castiga con penas de entre uno y seis años de prisión. Sin embargo, cuando existen agravantes como el hecho de que las víctimas sean personas en situación de vulnerabilidad —ancianos, mujeres en estado de pobreza o embarazadas, o cuando se afecta a múltiples personas— la sanción puede incrementarse hasta ocho años de cárcel y 200 días de multa. Estas penas buscan disuadir el crecimiento de este tipo de engaños en servicios turísticos.

Crisóstomo Salvatierra también mencionó que aquellas agencias de viajes que no están registradas en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y operan sin la debida autorización de las aerolíneas, incurren en el delito de estafa al no contar con legitimidad para sus operaciones. Asimismo, estas empresas podrían enfrentarse a cargos de delitos contra la fe pública si falsifican documentos para aparentar formalidad. Esta advertencia recalca la importancia de verificar la legalidad de los operadores turísticos antes de adquirir sus servicios. 

INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

El magistrado enfatizó que, si una agencia cuenta con todos los registros y documentación necesarios, pero incumple lo prometido, se trata de un incumplimiento contractual, no de estafa. En estos casos, el cliente puede interponer una demanda civil para solicitar una indemnización por el perjuicio económico ocasionado. Este tipo de casos se resuelve en el ámbito civil, sin penas de cárcel, pero con posibles compensaciones monetarias para las víctimas.

Al viajar en feriados, la recomendación es clara: optar por agencias formales y verificar siempre la autenticidad de las ofertas turísticas.


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