Poder Judicial

Hace 7 meses

Empresas que reciban dinero de actividades ilegales perderían bienes y capital lícito

Según establece la ley, capital licito al mezclarse con dinero del narcotráfico, minería ilegal, terrorismo entre otros, se convierte en instrumento de lavado de activos.

Empresas que reciban dinero de actividades ilegales perderían bienes y capital lícito

Según establece la ley, capital licito al mezclarse con dinero del narcotráfico, minería ilegal, terrorismo entre otros, se convierte en instrumento de lavado de activos.




El juez Juan Rosas Castañeda advirtió que las empresas legalmente constituidas y con actividades económicas legales pueden ser susceptibles de extinción de dominio y perder incluso su capital lícito si este se mezcla con dinero ilícito producto de actividades irregulares como el narcotráfico, minería ilegal, terrorismo; entre otros.

El magistrado señaló que este tipo de casos ocurre cuando los empresarios o gerentes incurren en el delito de lavado de activos al permitir que el patrimonio ilícito sea incorporado a su patrimonio legalmente constituido.

Al respecto, explicó que en este tipo de casos se produce las mezclas de capitales. Es decir, el capital lícito se convierte en instrumento para lavar activos de origen ilícito y en ese marco los empresarios, los gerentes de estas empresas pueden incurrir en el delito de lavado de activos por lo cual sus bienes pueden ser susceptibles de extinción de dominio.

En esa misma línea, el juez admitió que existe la posibilidad que el empresario argumente que desconocía la procedencia del dinero, sin embargo, aclaró que el Subsistema de Extinción de Dominio no analiza el dolo (el delito) sino la imprudencia para aceptar dinero de origen ilícito.  

“En extinción de dominio no se analiza el dolo. Si el empresario argumenta que desconocía que el dinero tenía origen ilícito, pero se advierte que ha sido imprudente al aceptar dinero cuyo origen desconocía y que se podría presumir que tenía un origen ilícito ese patrimonio puede ser susceptible también de extinción de dominio”, argumentó.


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