En estas Fiestas Patrias el Poder Judicial señaló que quienes ofendan, ultrajen o menosprecien de manera pública los símbolos patrios, así como la memoria de los héroes o próceres de la patria serán condenados a una pena máxima de cuatro años de prisión, así como el pago de 60 a 180 días multa.
“Este menosprecio, vilipendio o ultraje debe darse de manera pública, de tal manera que sea escuchado por varias personas, o que se difunda por un medio de comunicación. Y el contenido tiene que ser de ofensa”, señaló el juez supremo Ricardo Brousset Salas.
Entre los delitos que se incurriría sería como arrojar, quemar o pisar la bandera, así como también distorsionar el himno nacional introduciendo frases ofensivas. Además, el artículo 344 del Código Penal sanciona a quienes utilizan con fines de menosprecio prendas de vestir con la figura de los símbolos patrios o de los próceres o héroes de la patria.
“En este caso, quien altera e intercala elementos extraños con fines de menospreciar un símbolo patrio, héroe o prócer de patria también es considerado un hecho doloso”, acotó el magistrado.
OTRAS SANCIONES
El Estado peruano contempla también sanciones administrativas contra quienes no izan la bandera o la utilizan de manera inapropiada (desgastada o rota).