El Ministerio de Justicia Derechos Humanos (Minjusdh) recordó que las personas mayores de 18 años pueden acceder a una pensión de alimentos siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. Cabe indicar que, la pensión de alimentos para menores de edad es un derecho indiscutible y obligatorio que padres y madres de familia deben cumplir.
Los requisitos contemplados en el Código Civil para que los mayores de 18 años puedan seguir accediendo a una pensión de alimentos, sin importar sin son hijos matrimoniales y extramatrimoniales, son los siguientes: Es básico que la persona mayor de edad curse estudios superiores de manera exitosa, dichos estudios pueden ser tanto universitarios como técnicos. Sin embargo, la edad tope en estos casos es 28 años.
Los jueces, entretanto, tienen el criterio de cesar la pensión en caso de que no haya necesidad de parte del alimentista. Por ejemplo, una persona de 22 o 23 años, con título universitario, está en capacidad de tener un empleo; en este caso, el juez toma una decisión en función del criterio de necesidad.
INCUMPLIMIENTO DE PENSIÓN
Si el juez fija un monto de pensión y se diera un caso de incumplimiento de la obligación, los hijos e hijas están en condición de solicitar una liquidación de pensiones devengadas, que implica el cálculo de la deuda total y la exigencia del pago completo. Si los padres no cumplan, pese a las exhortaciones del juez, se iniciará un proceso penal de omisión a la asistencia familiar.