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Hace 4 horas

¿Puede un colegio negar matrícula por deuda? Esto dice Indecopi

Además, conoce también si los centros educativos pueden prohibir la entrada a sus alumnos por su peinado o tener el cabello pintado.

¿Puede un colegio negar matrícula por deuda? Esto dice Indecopi

Además, conoce también si los centros educativos pueden prohibir la entrada a sus alumnos por su peinado o tener el cabello pintado.




El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) emitió una medida cautelar en contra del colegio privado Alexander Von Humboldt S.A.C., ubicado en Tacna, exigiendo la matrícula de dos estudiantes para el periodo escolar 2025. La decisión se tomó luego de comprobar que la institución educativa no informó con la debida anticipación a la madre de los alumnos sobre la negativa de inscripción debido a deudas de pensiones del año escolar 2024.

Indecopi y la normativa sobre la comunicación de deudas en colegios privados

Según el artículo 53.3 del Decreto Supremo 005-2021-MINEDU, los colegios privados deben notificar a los padres de familia con al menos 30 días de anticipación sobre la no admisión de los estudiantes por falta de pago. En este caso, la notificación fue enviada recién el 16 de enero de 2025, lo que llevó a la Oficina Regional del Indecopi en Tacna a emitir la medida cautelar.

"La institución educativa tenía la obligación de informar con el tiempo estipulado por la norma, algo que no ocurrió en este caso", señaló Indecopi en su resolución. Además, se destacó que la decisión busca proteger el derecho a la educación de los menores mientras se desarrolla el procedimiento administrativo sancionador (PAS) contra el colegio.

Consecuencias para los colegios que incumplen la normativa

El incumplimiento de la normativa vigente puede derivar en sanciones económicas. Indecopi recordó que "las instituciones que no cumplan con esta disposición pueden ser multadas con un monto no menor a tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT)".

Además, la medida cautelar impuesta al colegio establece un plazo de un día hábil para realizar la matrícula de los menores, garantizando así la continuidad de su formación académica.

Regulaciones sobre la apariencia de los estudiantes en los colegios privados

En otro aspecto relacionado con las normas escolares, Indecopi aclaró que los colegios privados pueden establecer su propio reglamento interno respecto a la presentación personal de los estudiantes, siempre y cuando no vulneren sus derechos fundamentales. "Las normativas internas no deben afectar la identidad ni el desarrollo personal de los alumnos", precisó la entidad.

Por su parte, en las instituciones públicas, el Ministerio de Educación no impone restricciones específicas sobre el uso de cabello teñido. Sin embargo, las reglas deben ser acordadas previamente con los padres o tutores al momento de la inscripción.


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