En el Perú, tener una conexión clandestina de agua potable o alcantarillado es considerado un delito según los artículos 185 y 186 del Código Penal, con penas de cárcel que van de uno a seis años.
Solo en 2024, Sedapal detectó más de 500 conexiones ilegales y robos de medidores en Lima y Callao, lo que representa una pérdida económica de cerca de medio millón de soles. Estas prácticas no solo perjudican a las empresas prestadoras, sino también a los usuarios que cumplen con pagar por el servicio.
Hurto simple y agravado
El hurto de agua potable se clasifica en dos tipos: hurto simple y hurto agravado. El primero ocurre cuando alguien se apodera ilegítimamente de un bien mueble, como el agua, y puede ser castigado con una pena de uno a tres años de cárcel.
El hurto agravado, por su parte, aplica cuando el delito se comete en una vivienda habitada, durante la noche, con destreza o con la participación de dos o más personas, y conlleva una pena de tres a seis años de prisión.
Sanciones administrativas y denuncias
Además de las penas de cárcel, las conexiones clandestinas pueden acarrear sanciones administrativas. Según el Reglamento de Calidad de Sunass, la manipulación de redes de agua potable o alcantarillado puede resultar en el cierre temporal o definitivo del servicio, así como en multas.
Las empresas prestadoras también están facultadas para denunciar estos actos y recuperar los costos operativos derivados de la anulación de conexiones ilegales. Las autoridades instan a la población a alertar cualquier caso de uso clandestino de redes de agua potable o alcantarillado.