A partir del 2025, los trabajadores independientes que emitan recibos por honorarios electrónicos y cuyos ingresos no superen los S/3,901 al mes, estarán exonerados de realizar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR). Esta disposición, anunciada por la Sunat, beneficia a miles de profesionales con Rentas de Cuarta Categoría, quienes podrán solicitar la suspensión de retenciones mediante un trámite sencillo en línea.
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR LA SUSPENSIÓN?
La medida considera el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2025, que pasó de S/5,150 a S/5,350. Así, los trabajadores que proyecten ingresos anuales menores a S/46,813 por Rentas de Cuarta Categoría (o una combinación de Cuarta y Quinta Categorías) pueden tramitar la suspensión de retenciones.
Para profesionales con funciones adicionales como directores de empresas, gestores de negocios o similares, el beneficio aplica si sus ingresos mensuales no exceden los S/3,121 o los S/37,450 anuales. En caso de superar estos montos, será obligatorio declarar y efectuar los pagos correspondientes al IR por la totalidad de los ingresos obtenidos.
PASOS PARA REALIZAR EL TRÁMITE VIRTUAL
La Sunat detalla que el trámite de suspensión es completamente digital y consta de tres pasos principales:
1. Acceso a la plataforma: Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea mediante la Clave SOL en www.sunat.gob.pe y seleccionar la opción "Mis trámites y Consultas".
2. Formulario Virtual 1609: Dentro de la sección Otras declaraciones y Solicitudes, seleccionar "Solicito Suspensión de Retenciones 4ta Categoría" y completar los datos requeridos, como la fecha del primer ingreso y el monto proyectado para el año.
3. Verificación y constancia: El sistema validará la información y, de corresponder, emitirá una constancia de suspensión que será enviada al correo electrónico indicado.
La suspensión tendrá efecto desde el día siguiente al trámite y será válida hasta el 31 de diciembre del 2025, ofreciendo un alivio económico inmediato a los trabajadores independientes.
IMPORTANTE: ¿QUÉ SUCEDE SI SUPERAS EL TOPE?
Aquellos profesionales que excedan los ingresos proyectados deberán declarar y realizar los pagos correspondientes al IR en función de la totalidad de sus ingresos de Cuarta Categoría. La Sunat recuerda que es importante llevar un control estricto de los montos percibidos para evitar inconvenientes tributarios.
Esta disposición no solo beneficia a los trabajadores independientes con menores ingresos, sino que también promueve una gestión tributaria más eficiente y accesible para miles de peruanos.