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Gratificación en Navidad 2024: Trabajadores afiliados a Essalud recibirán 9% adicional

Los trabajadores del sector privado tienen hasta el 15 de diciembre para recibir este beneficio. Conoce quiénes tienen derecho, cómo se calcula y las multas para las empresas que incumplan.




La gratificación por Navidad es uno de los beneficios más esperados por los trabajadores peruanos, ya que ofrece un respiro económico en las fiestas de fin de año. Este pago, regulado por la Ley N° 27735, garantiza un sueldo adicional a los empleados del sector privado y algunos regímenes públicos. Además, los afiliados a Essalud recibirán una bonificación extra del 9% del monto total, mientras que los afiliados a una EPS recibirán un 6.75%.

El plazo para que las empresas cumplan con este pago vence el 15 de diciembre, según lo dispuesto por la ley. En caso de incumplimiento, las multas pueden llegar hasta los S/ 134,518, dependiendo del tamaño de la empresa y la cantidad de trabajadores afectados.

¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A LA GRATIFICACIÓN?

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) detalla que los beneficiarios de la gratificación son:

- Trabajadores subordinados del sector privado con contrato indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial.
- Empleados de pequeñas empresas registrados en el REMYPE, quienes recibirán medio sueldo como gratificación.
- Aquellos que notifiquen a sus empleadores, dentro de los primeros cinco días laborales, que desean recibir su gratificación junto con su salario mensual.

No tienen derecho a este beneficio:

- Trabajadores con una “Remuneración anual integral”, ya que la gratificación está incluida en este esquema.
- Trabajadores independientes, por no estar sujetos a una relación laboral subordinada.
- Empleados de microempresas contratados tras su registro en el REMYPE.

CÓMO SE CALCULA LA GRATIFICACIÓN Y QUÉ DESCUENTOS APLICA

Los empleados que trabajaron todo el semestre (julio a diciembre) recibirán el equivalente a un sueldo completo. Por cada mes trabajado de manera completa, se calcula un sexto de la remuneración mensual. Sin embargo, hay descuentos si el trabajador presenta ausencias injustificadas, restando un treintavo del sexto correspondiente por cada día de inasistencia.

Además, los afiliados a Essalud obtendrán un 9% adicional como bonificación extraordinaria, mientras que los afiliados a una EPS recibirán un 6.75%. Estas cifras deberán figurar en la planilla electrónica del mes de diciembre.

La gratificación por Navidad no solo es un derecho laboral, sino también una oportunidad para los trabajadores de planificar mejor sus finanzas de fin de año. Por ello, es importante conocer los plazos y condiciones para garantizar el cumplimiento de este beneficio.


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