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Hace 6 meses

Brindan consejos para evitar robos y estafas en julio con el pago de “gratificaciones” a pensionistas

La ONP enfatizó la importancia de seguir ciertos consejos de seguridad para evitar robos y estafas, que se incrementan durante el periodo de pagos adicionales.




La Oficina de Normalización Previsional (ONP) publicó el cronograma de pagos para el mes de julio, incluyendo la esperada gratificación que recibirán los pensionistas del Decreto Ley N° 19990. La institución enfatizó la importancia de seguir ciertos consejos de seguridad para evitar robos y estafas, situaciones que tienden a incrementarse durante el periodo de pagos adicionales.

La entidad reiteró que todos los trámites son gratuitos y que los pensionistas no deben pagar por ningún servicio. Ante los intentos de estafa, especialmente en julio, recomendó a sus asegurados no otorgar poderes a desconocidos, acudir directamente a los asesores previsionales en los centros de atención de la ONP y consultar cualquier duda en la central ONP Te Escucha al (01) 634 2222.

Para evitar robos, sugirió cobrar en compañía de una persona de confianza, solicitar billetes de baja denominación y monedas al retirar dinero en ventanilla, y utilizar cajeros automáticos y agentes autorizados. Finalmente, recordó a los pensionistas que pueden retirar sus pensiones en cualquier momento posterior al abono, sin necesidad de acudir el mismo día del depósito.

CRONOGRAMA DE PAGOS DE LEY 19990

Los pagos de pensiones del régimen 19990 se realizarán de acuerdo con el siguiente cronograma, según la inicial del apellido paterno. Este régimen abarca a 692,829 asegurados:

De la A - C: viernes 5 de julio

De la D - L: lunes 8 de julio

De la M - Q: martes 9 de julio

De la R - Z: miércoles 10 de julio

Es importante señalar que los pensionistas que reciben una pensión proporcional, es decir, aquellos que accedieron a una pensión desde los 10 años de aportes, no recibirán la gratificación de julio. Esto está establecido en el Decreto Supremo N° 282-2021-EF, que aprueba la adecuación del Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, en el marco de la Ley N° 31301. Según el Artículo 115 E, que detalla las reglas comunes aplicables para el Régimen de Pensión de Jubilación Proporcional Especial, no se perciben pagos adicionales en los meses de julio y diciembre.


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