El pasado 18 de diciembre, el documento Fiducia Supplicans, que aborda las bendiciones pastorales en contextos específicos, ha generado diversas reacciones, entre ellas la del Obispo Rafael Escudero, de la Prelatura de Moyobamba, quien ha emitido una directriz donde se prohíbe a los sacerdotes bajo su jurisdicción impartir bendiciones a parejas homosexuales o parejas consideradas en “situación irregular”.
De acuerdo a Escudero, el documento infringía, a su parecer, “la comunión de la iglesia” al contradecir la “revelación divina” y la doctrina siempre mantenida, además, destacó que es importante seguir las tradiciones de la iglesia.
Además, el mencionado Obispo señala que otorgar este tipo de bendiciones constituyen “un grave abuso del santísimo nombre de Dios”, y señala que es importante diferenciar entre bendecir a individuos, que es práctica continua en la iglesia, frente a bendecir uniones, que va en contra de la enseñanza católica.
Cabe destacar que la Congregación para la Doctrina de la Fe se pronunció anteriormente con el “Responsum” de 2021, donde se señala que la Iglesia no puede bendecir uniones del mismo sexo.
FIDUCIA SUPPLICANS
El Dicasterio para la Doctrina de la Fe emitió la declaratoria Fiducia Supplicans, aprobada por el Papa Francisco, donde establece una diferenciación entre las bendiciones litúrgicas y las bendiciones pastorales espontáneas para parejas “irregulares”.
En este enfoque se da margen para que, en algunos casos, los sacerdotes realicen bendiciones en un entorno privado y con la debida discreción, respetando la doctrina perenne de la Iglesia Católica sobre el matrimonio.