Gobierno aprueba devolución de ISC al diésel a transportistas, pero con restricciones
Los beneficiados serán las empresas de transporte de carga y del servicio interprovincial de pasajeros, pero sujeto a determinadas condiciones.
Los beneficiados serán las empresas de transporte de carga y del servicio interprovincial de pasajeros, pero sujeto a determinadas condiciones.
El Gobierno promulgó la ley que extiende hasta el 31 de diciembre del 2025 la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) del diésel a las empresas de transporte. De esta manera, se amplía la devolución del ISC al diésel B5 y diésel B20, con contenido de azufre menor o igual a 50 ppm, del actual 53%, a un 70%.
Cabe señalar que la devolución de este impuesto, que vencía el 1 de enero del 2023, es de unos S/ 1.70 por galón de diésel de uso vehicular.
¿QUÉ DEBERÁN TENER EN CUENTA LOS TRANSPORTISTAS?nbsp;
Los beneficiados serán las empresas de transporte de carga y del servicio interprovincial de pasajeros, pero sujeto a determinadas condiciones.
Para empezar, los transportistas a beneficiarse deberán contar con autorización vigente para que presten sus servicios, expedida por gobiernos regionales o municipios provinciales o de la ATU.
Luego, se indica que se debe evaluar el impacto que ha tenido la aplicación de la devolución del ISC al diésel para reducir la siniestralidad vehicular.
Finalmente, se dispone que los transportistas que se beneficien con esta medida estén registrados ante el Observatorio Nacional de Seguridad Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
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