La Sunafil multará hasta con S/ 241 638 a empresas que incumplan ley de tercerización de servicios
Las multas variarán según las particularidades de las infracciones, el tipo de empresa y el número de trabajadores.
Las multas variarán según las particularidades de las infracciones, el tipo de empresa y el número de trabajadores.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) multará a las empresas que incumplan con no haber eliminado la tercerización de trabajadores en los núcleos esenciales de sus negocios.
El plazo previo para la adecuación de esta ley propuesta por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) contó con 180 días. Como venció el plazo, ahora los inspectores podrán imponer las sanciones respectivas en caso existan incumplimientos a la norma.
El núcleo de negocio forma parte de la actividad principal de la empresa y solo podrá ser realizada por esta. Por ejemplo: una empresa dedicada a la fabricación de calzado no puede tercerizar a los zapateros porque son parte del núcleo del negocio. Del mismo modo, un colegio no podría tercerizar la contratación de profesores, porque la enseñanza es el núcleo de su negocio.
¿CÓMO IDENTIFICAR EL NÚCLEO DEL NEGOCIO?
Para identificar el núcleo del negocio, es necesario observar el objeto social de la empresa, lo que la identifica con sus clientes finales, el elemento diferenciador de la empresa, la actividad que tiene un valor añadido para los clientes y la actividad que suele reportarle mayores ingresos.
¿Cuándo se desnaturaliza la tercerización?nbsp;La ley señala que se produce una desnaturalización de la tercerización cuando los trabajadores de la empresa tercerizadora realizan actividades que son parte del núcleo del negocio o cuando están bajo la subordinación de la empresa principal. También se desnaturaliza la tercerización cuando la prestación de servicios continúa luego de 30 días calendario otorgados para la adecuación.
Esta desnaturalización tiene como consecuencia que la empresa principal sea la empleadora de los trabajadores que fueron tercerizados para realizar alguna actividad del núcleo de negocio. De esta manera, se procede a la inspección y a las sanciones correspondientes.
LAS MULTAS POR INCUMPLIR LA LEY DE TERCERIZACIÓN
Las multas variarán según las particularidades de las infracciones, el tipo de empresa y el número de trabajadores.
Infracciones graves: El incumplimiento sobre el contenido que debe ser incluido en los contratos de trabajadores de la empresa tercerizadora y el incumplimiento de la obligación de informar sobre los servicios de tercerización son faltas graves cuyas multas oscilan entre los S/ 506 y los S/ 120 152, según el tipo de empresa: microempresa, pequeña empresa o empresa que no es mype.
Infracciones muy graves: Usar la tercerización laboral para hacer actividades que forman parte del núcleo de negocio o como una simple provisión de personal, así como extinguir el contrato a los trabajadores que estaban tercerizados y que formaban parte del núcleo del negocio, sin ser incluidos en la planilla de la empresa, se consideran infracciones muy graves tras la aprobación de la ley.
En estos casos, las multas oscilan entre los S/ 1 058 y los S/ 241 638, siempre conforme al tipo de empresa: microempresa, pequeña empresa y empresa que no es mype.
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