El Ministerio de Salud a través de una publicación por sus redes sociales hizo recordar a la población que a partir de este 1 de abril será obligatorio contar con las tres dosis de la vacuna contra el COVID-19 para poder entrar a cualquier establecimiento público y privado. Esta medida solo será para las personas mayores de 18 años.
La norma señala que se seguirá utilizando permanentemente una mascarilla KN95 ya sea en espacios abiertos o cerrados. En caso de no tener este elemento quirúrgico el individuo tendrá que usar una mascarilla de tres pliegues más una de tela.
Esta disposición, fue aprobada por el Gobierno mediante el Decreto Supremo 030-2022-PCM, publicado el último sábado, y que también prorroga el estado de emergencia por un plazo de 30 días calendario, a partir del viernes 1 de abril.
ERROR: Invalid media (1)Trabajadores obligados de tener sus tres dosis
A su vez, indica que toda persona que realice actividad laboral presencial también debe contar con las tres dosis. En el caso de los prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con este refuerzo deben realizar solo trabajo remoto.
Otro punto que toca esta medida, es que enfatiza que las personas que son taxistas, son seguridad o hacen delivery, también tienen que contar con las tres dosis ya que tienen contacto con otras personas diariamente.
Lugares en que la persona no podrá ingresar si no tiene sus tres dosis
La norma también menciona que si el ciudadano no cuenta con sus tres vacunas no podrá ingresar a centros comerciales, galerías, mercados, supermercados, restaurantes. Además de lugares de esparcimiento como discotecas, iglesias, centros culturales y deportivos, entre otros.