La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) oficializó mediante una resolución la reducción de edad mínima para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) en el sistema privado de pensiones.
La modificación entrará en vigencia a partir del 01 de setiembre del 2021, es decir que desde esa fecha los afiliados podrán presentar sus solicitudes.
Los afiliados de 50 años a más que se encuentren desempleados podrán recibir una pensión siempre y cuando el monto de su jubilación sea "igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses".
SIN IR A LA SUNAT
Además, el trabajador ya no tendrá que acudir a la Sunat para solicitar el reporte tributario que acredita que cuenta con RUC y que no ha generado rentas por cuarta categoría por montos mayores o iguales a siete UIT en los 12 meses previos a su solicitud, pues la AFP realizará la verificación.
Para los trabajadores que percibieron rentas de quinta categoría, la AFP deberá verificar la condición de desempleo. Si un trabajador solicitó la jubilación adelantada antes de la entrada en vigencia de la resolución, y las AFP aún no le han dado respuesta, su pedido se evaluará aplicando las recientes disposiciones.
La medida se da en en cumplimiento de la Ley 31332, aprobada por el anterior Congreso en julio, la cual permitirá que los afiliados de las AFP que tengan 50 años a más accedan a una jubilación.
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