Confirman cadena perpetua para ambulante que abusó de una menor en Huaral
El hermano de la víctima también fue sentenciado por tocamientos indebidos.
El hermano de la víctima también fue sentenciado por tocamientos indebidos.
Un sujeto identificado como Máximo Efraín Parra Chinchay fue condenado a cadena perpetua por el delito de violación sexual de una menor de edad de 13 años en el año 2017 en Huaral.
En dicha sentencia también se confirmó una en contra el hermano de la víctima, por el delito contra la libertad; violación de la libertad sexual, en las modalidades de actos contra el pudor en menores de edad, en agravio de su hermana menor de edad.
Según las declaraciones de la madre y la menor, sindicaron al comerciante ambulante Máximo Efraín Parra Chinchay, de haber abusado de la víctima desde los 12 años y por un periodo de casi siete meses, cuando la víctima trabajó con él en calidad de ayudante, para poder apoyar económicamente al hogar, toda vez que los padres estaban en Lima, porque uno de los hermanos había sufrido un accidente.
Si bien es cierto que el acusado no sería el padre del menor, lo que se le atribuye a éste es el delito de violación sexual de una menor de edad, así lo determina la teoría del caso y la denuncia interpuesta por la fiscal adjunta provincial Selena Medina Solís.
De igual forma en el falló se sentencia al hermano mayor (se reserva su identidad por protección a la víctima), a quien la menor sindica de haber realizado tocamientos indebidos, desde los 12 años, que constantemente la hacía entrar a la fuerza a su cuarto de la vivienda donde moraba en ese entonces, ubicada en el asentamiento humano San Martín de Porras, manzana B, lote 5 de Huaral.
La sentencia contra Máximo Efraín Parra Chinchay, como autor del delito de violación sexual a menor de edad, a la pena privativa de libertad de cadena perpetua. Así como, al hermano mayor de la víctima, como autor del delito contra la libertad, violación de la libertad sexual, en las modalidades de actos contra el pudor en menores de edad, a seis años de pena privativa de la libertad.
Los sentenciados tendrán que recibir tratamiento terapéutico y el pago de una reparación civil de S/ 20.000 de parte de Parra Chinchay y de S/ 5.000 del hermano a favor de la agraviada. También se ha dispuesto la ubicación, captura y su internamiento en establecimiento penal de Máximo Parra, que está como no habido.
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