El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó al Banco Falabella Perú con una multa de una unidad impositiva tributaria (UIT), equivalente a S/ 4.400 y al Scotiabank Perú con 0.6 de la UIT, equivalente a S/ 2.640.
Los bancos realizaron llamadas telefónicas de cobranza a sus usuarios en días y horas prohibidas por la normativa de protección al consumidor. Dicho Código de Protección y Defensa del Consumidor prohíbe a las instituciones financieras y comerciales realizar visitas o llamadas telefónicas de cobranza entre las 8:00 p.m. y las 07:00 a.m. los sábados, domingos y feriados.
Por esa misma infracción, la Comisión de Protección al Consumidor N°3 (CC3) del Indecopi decidió sancionar, pero solo con una amonestación, al Banco de la Nación y al Banco GNB Perú.
En los casos de Scotiabank Perú, el Banco de la Nación y Banco GNB Perú, estas entidades reconocieron la infracción cometida, por lo cual se aplicó un atenuante al momento de graduar la sanción.