La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó este 19 de mayo el procedimiento operativo pendiente para la ejecución de la ley para el retiro de hasta S/ 17,600 de los fondos de AFP.
El procedimiento, cuya fecha máxima de presentación era el sábado 22 de mayo, dispone las normas para permitir el retiro extraordinario aprobado por insistencia en el Congreso.
Dicha solicitud se podrá realizar de manera remota o virtual por única vez dentro de un plazo de 90 días como máximo, tras la entrada en vigencia de la resolución con el procedimiento. Es decir, el 27 de mayo del 2021.
ENTREGA PROGRESIVA
Es decir, recién a partir del próximo jueves 27 de mayo se podrán comenzar a ingresar las solicitudes a través de los canales de atención que dispongan las AFP.
Antes de permitir el retiro, estas deben comprobar si se accede al régimen REJA hasta el 30 de abril, ya que en este caso no aplica el desembolso. La entrega será progresiva.
Luego de 30 días de realizada la solicitud se entregará 1 UIT (S/4,400) del monto total requerido, posteriormente 1 UIT a los 30 días de realizada la primera entrega y el resto (hasta 2 UIT) a los otros 30 días de efectuado el segundo pago.
El retiro de fondos de la AFP "mantiene la condición de intangible", por lo que se indica que lo que se retire no podría ser descontado o retenido. Solo aquellas personas que tengan deudas alimentarias se les podrá descontar hasta por un máximo de 30% del monto retirado en cada armada.
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