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Jueves, 04 de marzo del 2021

Se brindan seis beneficios para los servidores públicos que luchan contra la COVID-19

El Congreso aprobó ley que brinda beneficios a los funcionarios que son parte de la lucha contra el coronavirus.

Se brindan seis beneficios para los servidores públicos que luchan contra la COVID-19

El Congreso aprobó ley que brinda beneficios a los funcionarios que son parte de la lucha contra el coronavirus.




El Congreso de la República promulgó hoy una ley que reconoce el trabajo y otorga beneficios a los servidores públicos en el ámbito de la salud, que velan por la atención de pacientes de la COVID-19, en el marco de la emergencia nacional.

La Ley 31129, publicada hoy en el diario El Peruano, indica que se encuentran incluidos en los alcances de la presente norma, los profesionales de la salud, el personal técnico y auxiliar asistencial y el personal administrativo que desempeña funciones directamente vinculadas con la atención de los infectados por el COVID-19.

También los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y bomberos que están vinculados a la primera línea del manejo de esta pandemia.

Además, también a quienes laboran en el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), Ministerio Público y los gobiernos regionales y locales vinculados a la atención de pacientes de coronavirus.

LOS BENEFICIOS

Los servidores públicos podrán obtener siguientes beneficios:

  • Reconocimiento por los servicios prestados de parte de la institución o entidad en la que trabaja.
     
  • Una bonificación de 10% sobre el puntaje total obtenido en la evaluación por concursos públicos para el acceso a plazas en las entidades del Estado, incluyendo el residentado médico y los programas de segunda especialización.

 

  • Los hijos de los servidores públicos obtendrán un porcentaje adicional en las convocatorias del concurso de la Beca Perú a cargo de Pronabec.
     
  • Acceso al seguro de vida o compensación extraordinaria a que se refiere el Decreto de Urgencia 037-2020.
     
  • El Ministerio de Salud, en ejercicio de su función rectora, establece a través del reglamento de la presente ley, los criterios y condiciones para la acreditación de la labor realizada y demás elementos necesarios para la plena implementación de las disposiciones contenidas en la misma.
     
  • Los establecimientos de salud del sector público brindan atención especializada a los servidores públicos incluidos en los alcances de la presente ley, hasta la recuperación de su salud.
     
  • Para tal efecto, las autoridades correspondientes presentan un plan para la atención oportuna y prioritaria del personal, garantizando la prevención con los equipos de seguridad, equipamiento, medicinas, bienes y servicios adecuados en forma inmediata.

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