Fase 4: destinos internacionales no considerados serán atendidos en vuelos especiales
Para los viajes especiales, el pasajero completará una declaración jurada, indicando el lugar donde pasará un aislamiento obligatorio de hasta 14 días.
Para los viajes especiales, el pasajero completará una declaración jurada, indicando el lugar donde pasará un aislamiento obligatorio de hasta 14 días.
Como parte de la fase 4 de la reactivación económica, los destinos internacionales que no han sido considerados en la lista inicial continuarán siendo atendidos a través de vuelos especiales. Así lo dio a conocer el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Esta normativa también es aplicable a las repatriaciones terrestres en los puntos de frontera. Para los viajes especiales, el pasajero completará una declaración jurada, indicando el lugar donde pasará un aislamiento obligatorio de hasta 14 días.
Cabe señalar que el llenado del formulario es un requisito obligatorio y se deberá presentar la constancia de haberlo completado para abordar el respectivo vuelo. El enlace es el siguiente: https://e-notificacion.migraciones.gob.pe/dj-salud/
Aquellos que necesiten salir al extranjero deben hacer llegar su solicitud mediante la dirección electrónica: solicitudesdgc@rree.gob.pe y completar el formulario. Todavía no está permitido los vuelos especiales por turismo ni a peruanos, ni a extranjeros.
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